lunes, 25 de marzo de 2013

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN ES NECESARIA PARA PRESENTAR LOS EXPEDIENTES DE CLASIFICACIÓN?


Para presentar un expediente de clasificación sea de obras o de servicios, la documentación que se tendrá que presentar básicamente es la siguiente:
 
 

  1. DNI del administrador de la empresa
  2. NIF de la empresa
  3. ESCRITURAS, todas las que tenga la empresa.
  4. CERTIFICADO POSITIVO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA PARA CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
  5. CERTIFICADO POSITIVO DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
  6. INFORME DE VIDA LABORAL DEL ULTIMO MES
  7. ...más información
 

 


 

¿QUIEN CONCEDE LA CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS?

La Clasificación es concedida por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, órgano que depende de la Dirección General de Patrimonio y que a su vez forma parte del Ministerio de Economía y Hacienda. La comisión de clasificación de la Junta Consultiva esta formada por representantes de algunos Ministerios y también por algunas asociaciones profesionales de estos sectores.

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¿CÚANTO TIEMPO SE NECESITA PARA OBTENER LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?

Partiendo de la base en que la empresa cumpla con todos los requisitos para poder clasificarse, sabemos que no todas las empresas son iguales y por lo tanto INDIREX diferencia a cada empresa dependiendo de sus características y de factores como el tamaño de la empresa, los grupos y subgrupos en los cuales se quiere clasificar y los certificados que se tienen que elaborar.

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viernes, 22 de marzo de 2013

¿COMO OBTENER LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?

1.- Requisitos para poder acceder a la clasificación de obras

- PATRIMONIO NETO (más información)

- MEDIOS PERSONALES SUFICIENTES

- MAQUINARÍA (más información)

- EXPERIENCIA CONSTRUCTIVA (más información)

2.- Elaboramos los certificados de buena ejecución y solicitamos la documentación administrativa

3.- Presentamos ante la Junta Consultiva el Expediente de Obras y hacemos el seguimiento hasta su aprobación.




¿CUALES SON LAS CATEGORIAS DE CLASIFICACIÓN EN LOS CONTRATOS DE OBRAS?

Las categorías de los contratos de obras, determinadas por su anualidad media, a las que se ajustará la clasificación de las empresas serán las siguientes:

Categoría a)

Categoría b)

Categoría c)

Categoría d)

Categoría e)

Categoría f)

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¿CÚANTO TIEMPO SE NECESITA PARA OBTENER LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?

Partiendo de la base en que la empresa cumpla con todos los requisitos para poder clasificarse, sabemos que no todas las empresas son iguales y por lo tanto INDIREX diferencia a cada empresa dependiendo de sus características y de factores como el tamaño de la empresa, los grupos y subgrupos en los cuales se quiere clasificar y los certificados que se tienen que elaborar.

lunes, 18 de marzo de 2013

¿CUALES SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS DE LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?

La Clasificación de empresas es un requisito imprescindible y obligatorio para contratar con las Administraciones Publicas en la ejecución de contratos de obras de importe igual o superior a 350,00 € o de contratos de servicios por presupuesto igual o superior a 120,000 €.

Tanto la Clasificación de Obras como la Clasificación de Servicios están formadas por varios grupos y subgrupos a cada uno de los cuales se les asigna una categoría. Estos grupos, subgrupos y categorías vienen otorgados en función de una serie de parámetros como son los medios personales, financieros, técnicos, solvencia económica y financiera, experiencia constructiva y de servicios en cada uno de los subgrupos correspondientes



La clasificación de empresas se realiza a través de la presentación del expediente de clasificación de obras y servicios, tanto en la Junta Consultiva Estatal como en las Juntas Consultivas de las comunidades autónomas con competencia para ello, lo que le permitiría acceder a contratos de obra pública.

Indirex Consultors, S.L. le ofrece ayuda, asesoramiento y realiza todos los trámites necesarios incluidos los certificados de obras y servicios para que obtenga la clasificación de forma rápida y efectiva, con el máximo número de grupos de clasificación y máxima categoría en cada subgrupo, encargándonos también del mantenimiento y ampliación del expediente de clasificación. También procedemos a la inscripción en el RELI (Registro Electrónico de Empresas Licitadoras) y ROLECE, así como asesoramiento en UTES (Unión Temporal de Empresas).

martes, 12 de marzo de 2013

¿QUIÉN CONCEDE LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?


La Clasificación es concedida por las Comisiones Clasificadoras de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, órgano que depende de la Dirección General de Patrimonio y que a su vez forma parte del Ministerio de Economía y Hacienda. La comisión de clasificación de la Junta Consultiva esta formada por representantes de algunos Ministerios y también por algunas asociaciones profesionales de estos sectores.

Las empresas también se podrán clasificar en las Comunidades Autónomas que tengan competencias para ello mediante sus respectivas Juntas Consultivas, aunque las normas y criterios a aplicar siempre dependerán de la Administración Central y siempre respetando las reglas y criterios de la ley 30/2007 LCSP. Estas clasificaciones otorgadas por las comunidades autónomas únicamente serán eficaces para contratar con la Comunidad Autónoma, con las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, y con los entes, organismos y entidades del sector público dependientes de una y otras. Las únicas comunidades que tienen competencias para ello en estos momentos son: Baleares, Canarias, Cataluña, Murcia, País Vasco, y Valencia.

¿CUÁL ES LA VIGENCIA DE LA CLASIFICACIÓN?

Según el artículo 59 L.C.S.P., punto 1. La duración de las clasificaciones será indefinida, en tanto se mantengan las circunstancias que dieron lugar a su concesión, sin embargo según en el punto 2 la ley obliga a justificar anualmente el mantenimiento de la solvencia económica y financiera y , cada 3 años, el de la solvencia técnica y profesional, es decir, que todas las empresas tendrán que presentar necesariamente renovaciones completas cada trienio y anualmente a través de un breve proceso justificar la solvencia económica.

lunes, 11 de marzo de 2013


¿CÚANTO TIEMPO SE NECESITA PARA OBTENER LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL?

Partiendo de la base en que la empresa cumpla con todos los requisitos para poder clasificarse, sabemos que no todas las empresas son iguales y por lo tanto  INDIREX diferencia  a cada empresa dependiendo de sus características  y  de factores como el tamaño de la empresa, los grupos y subgrupos en los cuales se quiere clasificar y los certificados que se tienen que elaborar.

Por lo general trabajamos con tres tipos de empresas y el tiempo que  INDIREX invierte  en presentar el Expediente ante la Junta Consultiva es el siguiente:

Empresa 1: 6 semanas
Empresa 2 : 8 semanas
Empresa 3 : 10 semanas

En el momento que el expediente ha sido presentado el tiempo que tarda la Junta Consultiva puede rondar entre 1 y 2 meses.

Por lo cual no es un proceso inmediato y sugerimos empezar el proceso de Clasificación con el tiempo suficiente para poder obtener  la clasificación deseada.

En INDIREX trabajamos con un calendario de trabajo, en el cual  marcamos las pautas a seguir y tiempos para que se pueda presentarse el expediente ante la Junta Consultiva en tiempo y forma.
COMO OBTENER LA CLASIFICACIÓN EMPRESARIAL

1.- Requisitos para poder acceder a la clasificación de obras
 
- PATRIMONIO NETO

Clasificación de Obras

Categoría A  60,000 € patrimonio neto de 6,000 €
Categoría B 120,000 € patrimonio neto de 12,000 €
Categoría C 360,000 € patrimonio neto de 24,000 €
Categoría D 840.000 € patrimonio neto de 72,500 €
Categoría E 2.400.000 € patrimonio neto de 169,000 €
Categoría F Sin límite patrimonio neto de 480,000 €

- MEDIOS PERSONALES SUFICIENTES

- MAQUINARÍA
Es indispensable tener la maquinaria adecuada para conseguir la clasificación empresarial en los subgrupos deseados, ya sea propia, de alquiler o arrendamiento financiero.

- EXPERIENCIA CONSTRUCTIVA
Se debe justificar a través de los certificados de buena ejecución la experiencia constructiva de la empresa.

Una vez que se comprueba que existen todos estos requisitos INDIREX procede a ejecutar los pasos 2 y 3.

2.- Elaboramos los certificados de buena ejecución y solicitamos la documentación administrativa

3.- Presentamos ante la Junta Consultiva el Expediente de Obras y hacemos el seguimiento hasta su aprobación.